lunes, 24 de octubre de 2016

Carta a los obispos argentinos de la Congregación para los religiosos

Texto parcial de la comunicación enviada a Mons. J.M. Arancedo, presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, acerca de las acciones tomadas y por tomar por la CIVCSVA respecto del IVE. la misma fue remitida, a su vez, a varios obispos argentinos.
Los resaltados nos pertenecen.

Por su parte, el Superior General del IVE, aprovechando una interpretación de las Constituciones, ha nombrado como Secretario General del Instituto, al R.P. Gonzalo Ruiz Freites, quien oficiaba como Vicario General en el anterior gobierno. Esta medida, al parecer, no fue del agrado de la Santa Sede.

Reminiscencias 2


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CONGREGACIÓN
PARA LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA
Y SOCIEDADES DE VIDA APOSTÓLICA

Roma, 1º de septiembre de 2016


Excelencia Reverendísima (Mons. José María Arancedo)

Objeto: Intervención de la CIVCSVA en relación con el IVE

CONGREGACIÓN
PARA LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA
Y SOCIEDADES DE VIDA APOSTÓLICA





Pasamos a comunicar las últimas intervenciones de este Dicasterio particularmente a raíz del Capítulo General de este Instituto recientemente celebrado:
Desde hace mucho tiempo esta Congregación sigue de cerca el camino del IVE, constatando la dificultad de diálogo con el último Gobierno General del Instituto, particularmente en todo lo relacionado con la situación del padre Buela, su fundador.
Después de atentas reflexiones y de acuerdo a los informes que hemos recibido de distintas proveniencias, particularmente de miembros pertenecientes al IVE, el Dicasterio ha tomado las siguientes medidas:
1)      Nombramiento de dos asistentes delegados por este Dicasterio para la preparación y conducción del Capítulo. Estos dos asistentes delegados deberán participar en todos los encuentros del Capítulo y aprobar la agenda del mismo participando activamente del mismo. Pensamos que su presencia sea muy positiva en orden a evitar cualquier manipulación.
2)      Este Dicasterio ha nombrado como presidente del capítulo general al Cardenal Coccopalmiero.
3)      El Dicasterio ha intervenido directamente en el nombramiento del gobierno general del IVE reservándose el nombramiento del Vicario General y de dos consejeros. Otra intervención -sin duda dura para algunos- ha sido que, en el nuevo Gobierno General del Instituto, no pudiese entrar ningún miembro del Gobierno General anterior ni ninguno de los actuales superiores provinciales.
4)      Sobre el Padre Buela se mantienen las acciones confirmadas por los Papas Benedicto XVI y Francisco y que, desgraciadamente, no siempre se han respetado. El padre Buela tiene que llevar una vida retirada sin ninguna intervención en el gobierno del Instituto. Tampoco podrá difundir sus escritos sea a través de conferencias, en persona, o por medios de comunicación o en distintos encuentros con miembros del Instituto.
5)      El Dicasterio nombrará, próximamente, un asistente para el actual Gobierno General.

Todas estas intervenciones -muchas de ellas duras- no desconocen el bien que muchos de los miembros del IVE están haciendo en verdaderas fronteras de la evangelización; sólo quieren que el Instituto responda a las exigencias de la vida consagrada en este momento, asuma cordialmente las indicaciones que vienen de la Iglesia y que la autoridad del Instituto se ejerza desde la lógica del servicio.
Reiteramos nuestro sincero agradecimiento a cuantos de vosotros nos han ayudado a conocer mejor la situación del IVE y por tanto intervenir,  mientras seguimos contando con vuestras indicaciones y sugerencias, reafirmamos nuestra firme voluntad de acompañar el camino del IVE en los próximos años y no dudaremos en intervenir nuevamente, siempre y cuando las circunstancias lo requieran. Si este momento llegase, seguiríamos buscando únicamente el bien del IVE.
Vuestros hermanos en el episcopado,



 João Braz Card. de Aviz
          Prefecto
 José Rodríguez Carballo, O.F.M.
Arzobispo Secretario



lunes, 8 de agosto de 2016

El Capítulo General de Julio de 2016

El Capítulo General de julio de 2016 se desarrolló como estaba previsto: presidido por el Cardenal Francesco Coccopalmerio, actual presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, pasó a informar oralmente y por escrito el contenido de dos medidas importantes desconocidas hasta entonces:

a. En primer lugar, una nueva resolución de la CIVCSVA respecto del P. Carlos Buela (distinta de aquella del año 2010) donde se confirmaba que ese Dicasterio una vez más, «ha reconocido la veracidad de las denuncias y ha establecido su imputabilidad, confirmadas en modo específico por parte de dos sumos pontífices» (se refería a Benedicto XVI y Francisco). Es decir, quedaba corroboraba la condena del año 2010 y se emitía una nueva resolución a raíz de las denuncias presentadas en los últimos cinco años.

b. El Consejo General que había gobernado hasta entonces, quedaba inhabilitado para ser reelegido; la misma medida se tomó respecto de los entonces Padres Provinciales.
Al parecer, sobre este dato de la inhabilitación, se habría pedido que no fuese publicado en los boletines oficiales del Capítulo General.
La votación en estas condiciones hacía que el campo de los elegibles quedara claramente acotado a un número muy inferior al que se pensaba, por lo que, a partir de “sugerencias direccionadas”, los cargos recayeron, por amplia mayoría, en los siguientes sacerdotes: Superior General: P. Gustavo Nieto. Consejeros: PP. Ricardo Clarey y Daniel Cima. En cuanto a los otros cargos nombrados por la Santa Sede, los mismos recayeron en los padres Ervens Mengelle (Vicario General), Eugenio Elías y Christian Ferraro (este último ni siquiera estaba presente en el Capítulo).
De más está decir que la recepción para estos sacerdotes “impuestos” por Roma no fue la mejor.
Cabe aclarar que, en más de una oportunidad se repitió hasta el cansancio que todas las medidas adoptadas habían sido aprobadas específicamente por el Papa Francisco
Luego de unas semanas de terminado el Capítulo, la noticia no tardó en llegar a oídos de un importante medio católico español, donde lo siguieron otros y otros, a la espera de un comunicado oficial del Instituto. Quizás, a la difusión de lo ocurrido dentro del recinto capitular, haya ayudado una indiscreción del P. Gabriel Zapata en un audio, que hace días circula por la web.



jueves, 2 de junio de 2016

Penas canónicas en casos de abuso por parte de clérigos, ¿son realmente necesarias?

Penas canónicas en casos de abuso por parte de clérigos,
¿son realmente necesarias?

Cuando se considera el caso de algún tipo de abuso sexual por parte de clérigos que, de otra manera, son reconocidos como beneméritos para la iglesia y la sociedad, el creyente puede preguntarse si no es exagerado o incluso malicioso pretender una intervención por parte de las autoridades de la Iglesia para esclarecer una supuesta situación abusiva sucedida y administrar las penas canónicas correspondientes. Parecería más bien un acto de venganza, o de envidia, o de alguna otra cosa.

Este es un cuestionamiento válido. El bien realizado por esos clérigos se considera desproporcionadamente grande en relación al mal que se les imputa. Más aun, el cuestionamiento se hace más intenso si esos clérigos son acusados después de muchos años de ocurridos los hechos, cuando oscuras intenciones parecerían mezclarse entre aquellos que promueven un obrar justiciero.

sábado, 21 de mayo de 2016

Objeciones y respuestas




Objeciones y repuestas

   

Distintos son los modos en que el intelecto humano llega al conocimiento de la verdad.
En nuestro primer post hemos intentado exponer sucintamente, lo que consideramos debía ser conocido acerca de la historia reciente del Instituto del Verbo Encarnado.
Haciéndonos eco del método tomista, donde las objeciones iluminan aún más la verdad, expondremos aquí algunas de ellas con claridad, crudeza y caridad respondiéndolas seguidamente.
Veamos:

Obj. 1: Hubo un error de procedimiento en el proceso contra el P. Carlos Buela:

El decreto del año 2010 contra el P. Buela es inválido, de forma y de hecho. Y esto por lo siguiente:
1)            Porque carece de la firma de Mons. Rodé (por entonces Prefecto de la CIVCSVA) quien se negó a firmar el decreto.
2)            Porque el funcionario firmante, Mons. Gardin, no podía consignar por entonces su firma al encontrarse, desde hacía ya un mes, a cargo de la diócesis de Treviso y fuera de las funciones específicas de la CIVCSVA.
3)            Porque el decreto de enero de 2010 dice que, lo dictaminado, fue aprobado por el Papa Benedicto XVI el 4 de julio de 2009, pero omite que, ese mismo día, el P. Buela entregó su defensa. Es decir, condenaron al fundador del IVE sin siquiera haber leído su defensa.

domingo, 8 de mayo de 2016

Reminiscencias revisited

Reminiscencias II
Historia reciente del Instituto del Verbo Encarnado
(con claridad, crudeza y caridad)



“Es mi intención escribir los hechos que considero más importantes de nuestra Congregación, para leerlos en el 2 Capítulo General Ordinario, desde mi punto de vista de fundador y primer Superior General.  No sólo los hechos, sino mi particular visión de los mismos. De manera documentada, con anexos. No intento hacer una historia, para ello habría que consultar más fuentes (…). Y hacerlo con toda claridad, crudeza y caridad, sin ocultar nada que yo considere importante para la recta inteligencia de todo lo sucedido (…). No sólo no juzgo intenciones, sino que a priori las salvo” (P. Carlos M. Buela) [1]


Quien lea los siguientes párrafos, quizás se encuentre con algo desconocido, o conocido a medias; habrá quien los descarte y quien desee leerlos hasta el final. En fin; es como cuando se duerme: todas las posturas son aceptables, aunque no todas correctas.
Aclaramos desde un inicio que, lo que aquí nos proponemos es traer un poco de luz ante la confusión reinante por estos días en el Instituto del Verbo Encarnado y su entorno. Confusión que, digámoslo con absoluto realismo, no podrá entenderse sin la lectura de estas líneas.